Seguro obligatorio en Argentina: qué dice la ley
Qué exige la ley exactamente, y por qué el mínimo legal deja afuera casi todo lo que la gente cree que cubre.
En Argentina todo vehículo automotor que circule tiene que tener un seguro de responsabilidad civil vigente. Lo establece el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, y rige para autos, camionetas, motos, camiones y acoplados.
Qué cubre el seguro obligatorio
Cubre el daño que vos le causás a un tercero: a otra persona, a otro vehículo, a un bien. Nada más que eso.
Lo que NO cubre, y es donde está el malentendido:
- Tu propio vehículo. Ni choque, ni vuelco, ni incendio, ni robo.
- Tus propias lesiones como conductor.
- Los daños a cosas transportadas.
Si sólo tenés el obligatorio y chocás, tu auto lo arreglás vos. Si te lo roban, lo perdiste.
Por eso la cobertura más vendida del país no es la mínima legal sino terceros completos, que agrega robo e incendio. El detalle de qué agrega cada nivel está en la sección de coberturas.
Cuánto tiene que cubrir
La Superintendencia de Seguros de la Nación fija periódicamente las sumas mínimas. Según la Resolución SSN 589/2025, para pólizas emitidas o renovadas desde el 1 de enero de 2026:
| Concepto | Suma |
|---|---|
| Seguro obligatorio de responsabilidad civil | $20.800.000 |
| RC voluntaria para autos, motos y similares | $208.000.000 |
| RC para taxis, remises, camiones y categoría M1 | $455.000.000 |
| RC para transporte de pasajeros M2 y M3 | $676.000.000 |
| Gastos sanatoriales por persona | $910.000 |
| Gastos de sepelio por persona | $533.000 |
La diferencia entre el obligatorio y la RC voluntaria es enorme y explica por qué casi todas las pólizas de mercado contratan la voluntaria: con el mínimo, un accidente con lesionados graves puede superar el límite y el excedente lo pagás vos, con tu patrimonio. Está desarrollado en los montos mínimos de cobertura.
Qué más exige la ley
- Llevar el comprobante de cobertura vigente. El digital, desde la app de la compañía, es válido.
- Registro de conducir vigente y habilitante para ese tipo de vehículo.
- Cédula de identificación del vehículo.
- VTV o RTO vigente donde la jurisdicción la exija.
- Patentes colocadas y legibles.
Qué pasa si no lo tenés
Circular sin seguro es una infracción: habilita multa y, según la jurisdicción, retención del vehículo. Y más allá de la multa, el problema serio es civil: si causás un accidente, respondés con tu propio patrimonio por todo el daño. Está en la multa por circular sin seguro.
Un detalle sobre el nombre
A veces se lo llama «SOAT», por el nombre que tiene en otros países de la región. En Argentina no existe el SOAT: lo que rige es el seguro de responsabilidad civil obligatorio de la Ley 24.449, con los mínimos que fija la SSN. Son esquemas distintos y no conviene mezclarlos.
Esta nota es informativa. Las condiciones de cada cobertura las fija la póliza de la compañía que contrates, y los montos mínimos se actualizan por resolución de la SSN.
Este sitio es informativo. No somos una compañía de seguros ni vendemos pólizas: te acercamos la información y, si querés cotizar, te pone en contacto con un productor asesor matriculado. Las condiciones de cada cobertura las fija la póliza de la compañía que contrates.
Seguir leyendo
La tabla completa de la Resolución SSN 589/2025 y por qué el mínimo legal no alcanza.
La multa es lo de menos: el problema de verdad es responder con tu patrimonio.
Por dónde se hace, qué resuelve el organismo y qué no, y qué conviene hacer antes.
¿Te quedaste con la duda de cuánto pagarías?
Dejanos los datos y te acercamos cotizaciones de varias compañías. Es gratis y no te compromete a nada.
Preguntas frecuentes
¿Qué seguro es obligatorio en Argentina?
El de responsabilidad civil hacia terceros, según el art. 68 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449. Rige para autos, camionetas, motos, camiones y acoplados.
¿Qué cubre el seguro obligatorio?
Sólo el daño que le causás a un tercero: a otra persona, a otro vehículo o a un bien. No cubre tu propio vehículo ni tus propias lesiones como conductor.
¿Cuánto cubre el seguro obligatorio?
Según la Resolución SSN 589/2025, para pólizas emitidas o renovadas desde el 1 de enero de 2026, el seguro obligatorio de responsabilidad civil cubre $20.800.000, y la RC voluntaria para autos y motos, $208.000.000.
¿Existe el SOAT en Argentina?
No. El SOAT es el nombre que tiene en otros países de la región. En Argentina rige el seguro de responsabilidad civil obligatorio de la Ley 24.449, con los mínimos que fija la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Última revisión del contenido: 16 de octubre de 2026